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¿Cuánto, cómo y quién cobra el aguinaldo?

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Cada fin de año, los trabajadores comienzan a prepararse para el aguinaldo  tan anhelado décimo tercer pago del año, o aguinaldo. Muchos incluso ya tienen previsto a qué destinarlo, mientras otros aún lo siguen analizando.

¿Quién cobra el aguinaldo?

Según el Ministerio de Trabajo  todos aquellos que trabajan en una empresa o en una casa de familia tienen derecho, por ley, a percibir el pago complementario de parte del empleador.

El artículo 243 del Código del Trabajo indica que el trabajador tiene derecho a una remuneración anual complementaria o aguinaldo y el pago puede hacerse hasta el 31 de diciembre o en el momento en que termine la relación laboral si ello ocurre antes de esa época del año.

Quienes no reciban el beneficio tienen la opción de denunciar a los empleadores ante el Ministerio de Trabajo, a partir del 2 de enero del año siguiente. Se puede realizar de forma presencial en la sede central, ubicada en Asunción, así como en las oficinas regionales. Otras vías habilitadas son denuncias online o mediante llamada al 021-7290100, internos 551 y 552.

Cómo calcular el aguinaldo:

El Código del Trabajo también expresa textualmente que el aguinaldo equivale a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del empleado.

Además del salario, también se suma todo lo percibido en los conceptos de horas extraordinarias, comisiones y hasta por el aporte al IPS, mientras que el resultado final se divide entre doce.

Puedes calcular el aguinaldo a través de la calculadora del Mtess.

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