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Lun 20 julio 2026

Más contradicciones: el IPS adjudicó en diciembre, pero el contrato aparece emitido recién en mayo

La documentación revela una diferencia de casi cinco meses entre la adjudicación aprobada por el Consejo de Administración del IPS y la fecha que posteriormente aparece en el portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.

La Resolución C.A. N.º 094-009/2025 señala que el Consejo de Administración resolvió adjudicar la Licitación Pública Nacional N.º 63/2025 a Lakmi S.A. el 18 de diciembre de 2025, por un monto mínimo de G. 13.280.640.000 y un máximo de G. 26.561.280.000. La resolución también designó inicialmente como administrador del contrato al entonces director del Hospital Ingavi, doctor Osmar Amarilla.

Sin embargo, en el portal de Contrataciones Públicas, dentro del apartado “Proveedores adjudicados”, aparece Lakmi S.A. con un monto de G. 26.561.280.000 y un Código de Contratación emitido el 4 de mayo de 2026, bajo la identificación LP-24001-26-265525.

En términos administrativos, ambas fechas podrían corresponder a etapas diferentes: el 18 de diciembre de 2025 sería la fecha de la resolución interna de adjudicación del IPS, mientras que el 4 de mayo de 2026 sería la emisión del Código de Contratación o la formalización del contrato en el sistema de la DNCP. Sin embargo, la diferencia temporal debe ser explicada, porque entre ambas fechas transcurrieron casi cinco meses.

También debe aclararse cuándo se notificó oficialmente a la firma, cuándo se suscribió el contrato, en qué fecha comenzó la prestación y bajo qué instrumento se habría suministrado comida antes de la emisión del Código de Contratación.

El IPS rectificó en abril la resolución de diciembre

Otro elemento que aparece en los registros oficiales es una resolución del Consejo de Administración del 21 de abril de 2026, mediante la cual el IPS rectificó el artículo 4.º de la Resolución C.A. N.º 094-009/2025, precisamente el apartado que designaba al administrador del contrato.

La rectificación ocurrió después del cambio de autoridades en el Hospital Ingavi. Osmar Amarilla dejó la dirección y fue reemplazado por el doctor Edmundo Miguel Gómez Valdez, cuya designación fue anunciada por el IPS el 18 de febrero de 2026. La posesión del nuevo director se realizó al día siguiente.

Por lo tanto, la secuencia documentada es la siguiente:

  • 18 de diciembre de 2025: el IPS adjudicó el llamado a Lakmi S.A. y nombró a Osmar Amarilla como administrador del contrato.
  • 18 y 19 de febrero de 2026: Amarilla fue reemplazado por Edmundo Gómez Valdez en la Dirección del Hospital Ingavi.
  • 21 de abril de 2026: el Consejo del IPS rectificó el artículo que establecía quién administraría el contrato.
  • 4 de mayo de 2026: el portal de Contrataciones Públicas registró la emisión del Código de Contratación por G. 26.561.280.000.

Esta cronología muestra que la adjudicación fue aprobada en diciembre, pero la formalización visible en el sistema de Contrataciones Públicas aparece recién en mayo, después del cambio de director y de la rectificación de la resolución original.

Nuevo director intentó desalojar la cantina, pero no pudo

Tras las primeras publicaciones sobre la situación dentro del Hospital Ingavi, familiares y fuentes vinculadas a la institución señalaron que Osmar Amarilla había sido apartado de la dirección y reemplazado por Edmundo Gómez Valdez.

Según la denuncia recibida, al asumir el cargo, Gómez Valdez intentó desalojar a las personas que explotan la cantina instalada dentro del predio hospitalario. La medida, sin embargo, no habría prosperado y el establecimiento habría continuado operando.

Este antecedente profundiza los interrogantes sobre la permanencia del anterior proveedor o de personas vinculadas al servicio de alimentación dentro del hospital. El IPS debe informar quién autorizó esa cantina, bajo qué contrato funciona, quiénes son sus responsables y por qué el nuevo director no habría podido concretar su desalojo.

Hasta el momento, la documentación analizada no incluye la orden de desalojo ni una resolución que autorice formalmente el funcionamiento de la cantina. Por esa razón, este punto debe presentarse como una denuncia que requiere respuesta institucional.

Preguntas que el IPS debe responder

El IPS y la DNCP deben aclarar por qué una adjudicación aprobada el 18 de diciembre de 2025 aparece con Código de Contratación emitido recién el 4 de mayo de 2026.

También deben precisar:

  • Cuándo fue levantada la suspensión provocada por las protestas.
  • Cuándo se notificó a Lakmi S.A.
  • Cuándo se firmó el contrato.
  • En qué fecha empezó realmente el servicio.
  • Quién suministró los alimentos entre diciembre de 2025 y mayo de 2026.
  • Por qué fue necesario rectificar en abril el artículo referente al administrador del contrato.
  • Si Edmundo Gómez Valdez fue formalmente nombrado como nuevo administrador.
  • Quién explota actualmente la cantina y qué autorización posee.
  • Por qué, pese a la adjudicación millonaria, familiares denuncian que la comida sigue igual o peor.

La existencia de dos fechas no demuestra por sí sola una irregularidad, porque podrían corresponder a actos administrativos distintos. No obstante, la falta de claridad sobre los casi cinco meses transcurridos entre la resolución del IPS y la emisión del Código de Contratación aumenta las dudas sobre la ejecución del servicio y exige una explicación documentada.

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