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Sáb 19 septiembre 2026

¿PARAGUAY DEBE RECIBIR A JONATHAN FABBRO PARA QUE TERMINE AQUÍ SU CONDENA?

El pedido de Jonathan Fabbro para ser trasladado a Paraguay y cumplir en nuestro país el resto de su condena vuelve a colocar sobre la mesa un caso particularmente sensible y una pregunta que la Justicia deberá responder con absoluta claridad: ¿corresponde que el exfutbolista termine de cumplir en una cárcel paraguaya una pena impuesta por tribunales argentinos por delitos sexuales contra una menor?

Fabbro solicitó formalmente acogerse al Acuerdo sobre Traslado de Personas Condenadas entre los Estados Partes del Mercosur. La jueza de Ejecución Penal Sandra Silveira recibió el planteamiento y aclaró que su admisión para estudio no significa que el traslado haya sido autorizado. Ahora deberán verificarse una serie de requisitos jurídicos y antecedentes antes de que pueda adoptarse una decisión.

El caso merece especial atención por la gravedad de los hechos por los que fue condenado. En agosto de 2019, un tribunal argentino lo sentenció inicialmente a 14 años de prisión por delitos de abuso sexual contra su ahijada. Posteriormente, la pena fue elevada a 16 años y confirmada por la Justicia argentina, con cumplimiento previsto hasta diciembre de 2033.

Pero existe otro elemento que vuelve todavía más delicada la posibilidad de su regreso.

Fabbro tiene además una causa penal abierta en Paraguay por abuso sexual en niños, razón por la cual la propia jueza Silveira solicitó al Juzgado Penal de Garantías N.º 6 un informe actualizado sobre ese proceso. También ordenó recabar su prontuario policial, antecedentes penales y movimientos migratorios.

Es decir, no se trata simplemente de decidir en qué cárcel continuará cumpliendo una sentencia extranjera. Su eventual llegada obligaría también a esclarecer cuál es la situación de la causa paraguaya y qué consecuencias procesales tendría su presencia física en territorio nacional.

El acuerdo internacional permite que una persona condenada pueda solicitar continuar su pena en el país del cual es nacional o donde tenga residencia permanente. Ese mecanismo existe y debe ser aplicado conforme a la ley. Sin embargo, la ciudadanía también tiene derecho a conocer bajo qué condiciones se produciría un eventual traslado, qué establecimiento penitenciario lo recibiría y cómo se garantizará que el cambio de país no represente ningún beneficio indebido ni una flexibilización de la condena impuesta.

La discusión, por lo tanto, no puede reducirse al pasado deportivo de Fabbro ni al impacto mediático de su nombre. La prioridad debe ser el cumplimiento efectivo de las decisiones judiciales y el respeto a las víctimas.

La solicitud recién comienza su recorrido y no existe todavía una resolución favorable al traslado. Precisamente por eso, el proceso deberá desarrollarse con máxima transparencia.

Y dejamos la pregunta a nuestros lectores:

¿Está de acuerdo con que Jonathan Fabbro sea trasladado a Paraguay para cumplir aquí el resto de su condena, o considera que debería completar su pena en Argentina?

¿Qué opinás? Te leemos en los comentarios.

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