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Jue 21 mayo 2026

Sobreseído, pero no absuelto: la causa de Hernán Rivas queda sin juicio

Un fallo dividido cierra el caso por presunto uso de título falso, pero deja abierta la controversia jurídica y política.

El Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala de la Capital, resolvió el sobreseimiento definitivo del senador Hernán David Rivas (ANR – HC) en la causa por presunta producción y uso de documentos públicos de contenido falso. La decisión fue adoptada por mayoría de los camaristas Delio Vera Navarro y Bibiana Benítez Faría, mientras que el magistrado José Agustín Fernández votó en disidencia.

El punto central del fallo radica en la prescripción del hecho punible vinculado a la supuesta obtención irregular del título de abogado, al considerar que el plazo legal ya había transcurrido cuando el Ministerio Público formuló la imputación en enero de 2024. Según la resolución, este hecho habría prescripto en junio de 2023.

Sin embargo, el voto en disidencia introduce un elemento clave en la discusión: para el camarista Fernández, el caso no debía cerrarse sin antes ser analizado en un juicio oral y público, especialmente en lo relacionado al uso del documento. El magistrado sostuvo que, ante la existencia de una acusación fiscal, el pedido de sobreseimiento resultaba improcedente.

La investigación del Ministerio Público apuntaba a que Rivas habría presentado documentos académicos —un certificado de estudios y un título expedido por la Universidad Sudamericana— que no se ajustaban a la realidad, lo que le permitió jurar como abogado ante la Corte Suprema de Justicia y posteriormente integrar el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

Los antecedentes del caso agregan complejidad: Rivas fue designado como miembro del JEM en 2020 sin contar aún con matrícula de abogado, la cual obtuvo días después. En 2023, ya como senador, volvió a ser electo para el mismo órgano e incluso asumió su presidencia, hasta que renunció en medio de cuestionamientos sobre la validez de su título.

La resolución judicial pone fin al proceso penal, pero no despeja completamente las dudas sobre el fondo del caso. El sobreseimiento por prescripción impide un juicio, pero no implica necesariamente una declaración de inexistencia del hecho, lo que mantiene vigente el debate en torno a la actuación del legislador y los mecanismos de control institucional.

En este escenario, el fallo deja una señal clara: la discusión ya no es solo jurídica, sino también política, en torno a los estándares exigidos para ocupar cargos clave dentro del sistema de justicia.

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